¿Tengo derecho a quedarme siete años en un piso de alquiler si el casero es una sociedad limitada?

Scritto il 24/03/2026
da MARILUZ RODRÍGUEZ (ABOGADA DE LEGÁLITAS)

Los lectores envían sus preguntas al consultorio de vivienda de EL PAÍS en colaboración con Legálitas

Pregunta. Tengo un contrato de alquiler en Barcelona que, después de 5 años, finaliza el 1 de septiembre. Estoy de inquilina en este piso hace 27 años, después de ir renovando el contrato, que está a nombre del administrador de la finca seguido de S.L. Ahora han vendido la finca entera y la nueva propietaria es una persona, no un fondo buitre. Ya no han renovado a dos pisos a los que se les acabó el contrato. Les enviaron un burofax cuatro meses antes notificando que no les iban a renovar. He consultado al sindicato de inquilinas y me dicen que, si el contrato está a nombre de una persona jurídica, y no de un particular, tengo derecho a permanecer en esta vivienda 2 años más. Una amiga me ha comentado que tengo un año de gracia para seguir buscando en esta vivienda, que está en un área tensionada, mientras busco otro sitio. ¿Es eso verdad? ¿Tengo derecho a dos años más? (Ana R.)

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